Requisitos para seguir un tratamiento de fertilidad por la Seguridad Social y diferencias con las clínicas privadas

Requisitos para seguir un tratamiento de fertilidad por la Seguridad Social y diferencias con las clínicas privadas
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Cada vez se retrasa más el momento de buscar un embarazo, sobre todo por razones económicas, según datos de la última encuesta del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Según la Clínica Dexeus de Barcelona, esto provoca que el embarazo no sea tan sencillo de alcanzar, porque nuestro cuerpo no está tan preparado. De ahí que cada vez sea más habitual recurrir a la ayuda de los tratamientos de fertilidad.

Si te lo están planteando, debes saber que acudir a una clínica privada buscando el deseado embarazo tiene sus ventajas, aunque el coste económico es alto. Por eso, es mejor informarse de qué cubre la Seguridad Social y qué no, antes de tomar una decisión. Toma nota.

Expertos de la Sociedad Española de Fertilidad (SEF) han alertado de que el 70 por ciento de las mujeres de 35 años que viven en España no tiene hijos, porque la maternidad se alarga cada vez más en el tiempo. Eso explica que estén aumentando las tasas de fecundación in vitro y de preservación de la fertilidad.

Según el INE, en los años 70, la media de edad para tener el primer hijo en España era de 26 años. Pero esta cifra ha ido incrementándose año tras año, hasta llegar a la media actual de 32,1 años, lo que nos sitúa a la cola de Europa junto con Italia.

La Oficina Europea de Estadística (Eurostat) también señala a España como uno de los países con una edad de maternidad más tardía y sitúa la media de hijos en 1,32 por mujer, inferior a la de hace unos años.

Jan Tesarik, director de la Clínica Mar&Gen de Granada, explica que:

La reserva ovárica de la mujer es uno de los principales determinantes a la hora de concebir y el factor que más influye en ella es la edad de la mujer. Muchas mujeres no saben que su reserva ovárica desciende drásticamente a partir de los 35 años, postergando la búsqueda del primer hijo hasta más allá de los 37-38 años".

Según una encuesta realizada por Woom, compañía tecnológica orientada a la salud de la mujer, el 50% de las españolas cree que la falta de estabilidad económica es el factor principal para retrasar el momento de tener un bebé. De ahí que los costes de las clínicas privadas pueden no ser una opción.

Para muchas mujeres y hombres de España, la única alternativa para poder acceder a un tratamiento de reproducción asistida es hacerlo a través de la Seguridad Social. Sin embargo, los recursos económicos limitados de que dispone la sanidad pública en España hace que se impongan algunos requisitos obligatorios para poder acceder a ellos.

Qué cubre la Seguridad Social: requisitos para beneficiarse

1. Que la mujer no sea mayor de 40 años. Desde el momento en el que se inicia el tratamiento, la edad límite para las mujeres son los 40 años, mientras que para los hombres son los 55.

2. Que existan razones médicas que impidan la concepción. Antes de comenzar cualquier tratamiento la pareja debe someterse a diversas pruebas de fertilidad para comprobar que están incapacitados para tener hijos de manera natural.

3. Que la pareja actual no tenga hijos en común. No se ofrecen tratamientos por la sanidad pública a parejas que ya tengan hijos en común, excepto si ese hijo o hijos padecen alguna enfermedad crónica grave o si solo uno de los miembros de la pareja tiene descendencia.

En esos casos se suele realizar una valoración específica de la situación y será el hospital quien tenga la última palabra.

4. Posibilidad de recurrir al banco de semen. En los casos en los que se desaconseja la utilización del esperma de la pareja por motivos médicos, se puede recurrir a muestras seminales de bancos de semen de donante privados.

En algunas ocasiones también se permite congelar el esperma del hombre si tiene que someterse a algún tratamiento que pueda alterar la producción de espermatozoides (normalmente por motivos oncológicos).

5. No superar el número de ciclos. Suele variar dependiendo de cada Comunidad Autónoma, pero en general es un de máximo tres ciclos en fecundación in vitro, cuatro intentos para inseminación artificial con semen conyugal, y seis si es de donante.

En algunas comunidades, si con el primer ciclo no se consigue el embarazo, la mujer debe volver a la lista de espera, mientras en otros centros se hacen los ciclos seguidos. En caso de no tener éxito en ninguno, no se le permite volver a acceder a los tratamientos de fertilidad o reproducción asistida a través de la Seguridad Social, como tampoco se le permite someterse a más si se logra una vez el embarazo.

6. Que los padres no sufran ninguna enfermedad grave hereditaria. Tener VIH, Hepatitis C o cualquier otra enfermedad grave con posibilidad de ser hereditaria también es un obstáculo a la hora de someterse a un tratamiento de fertilidad en la sanidad pública. Depende de cada Comunidad Autónoma.

7. Pruebas especiales. Además, hay ciertas pruebas que la la mayoría de las clínica de la Seguridad Social no cubre: como la ovodonación, en el tratamiento de fecundación in vitro, o el diagnóstico genético preimplantacional.

Son pocos también los centros que ofrecen la vitrificación de ovocitos, que quedan reservados exclusivamente para aquellas mujeres que necesitan preservar su fertilidad por motivos médicos, como someterse a quimioterapia o radioterapia. Finalmente no todos los centros de la seguridad social pueden realizar vitrificación embrionaria.

Ventajas y desventajas de las clínicas privadas

Pareja en consulta médica

Nadie puede obviar su mayor inconveniente: el precio de la medicación, las pruebas de diagnóstico y las diferentes técnicas y ciclos empleados. De cualquier forma, los precios dependerán de cada clínica (entre 4.000 y 6.000 euros, la reproducción in vitro) y la mayoría dispone de financiación.

En cuanto a sus diferencias con la Seguridad Social:

  • La edad. En España no existe legalmente ningún límite de edad máximo para recurrir a la reproducción asistida en la sanidad privada, aunque el consenso de los expertos y la Sociedad Española de Fertilidad lo desaconseja en mujeres mayores de 50 años. Hablamos de 10 años más que por la Seguridad Social.

  • No tener que esperar lista de espera. Hay que tener en cuenta que en muchas comunidades las listas de espera son muy largas, pudiendo ir desde los seis meses hasta los dos años, lo que lleva a que muchas mujeres y hombres sobrepasen el límite de edad establecido por la Seguridad Social cuando van a iniciar el tratamiento.

  • Número ilimitados de intentos, que conlleva a una mayor tranquilidad y relajación de la pareja o la mujer. Aunque parezca una obviedad, el hecho de que a muchas parejas o mujeres se les imponga un número máximo de intentos, hace que crezca el estrés y la presión por conseguir el embarazo ante el posible hecho de agotar dichos intentos, lo que conlleva muchas veces a impedir el éxito de embarazo.

  • Mayor control médico, ya que en muchas de estas clínicas existe la opción de urgencias 24 horas, que el mismo médico lleve todo el proceso de principio a fin y asistencia de lunes a domingo.

  • Opción de ayuda psicológica para aquellas parejas y/o mujeres que así lo soliciten. Someterse a un tratamiento de este tipo conlleva a un alto desgaste físico y emocional que en muchos casos requiere de este tipo de asistencia.

En la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad de España, dispones de un listado de todos los centros, privados y públicos, de reproducción asistida del país y organizados por comunidad autónoma.

Y todo esto en un país que, según la Sociedad Europea de Reproducción Humana y Embriología (ESHRE) está a la cabeza de la reproducción asistida en Europa: en un año se han llevado a cabo 110.000 tratamientos de fertilidad.

Vía | Woom Fotos | iStock

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