Criterios para atender un parto en casa

Criterios para atender un parto en casa
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Mientras sigue el debate por la seguridad del parto domiciliario, nos han surgido dudas acerca de cuáles son los requisitos para tener un parto planificado en casa. Recopilando información al respecto, hablamos de las condiciones que los profesionales que atienden este tipo de partos y las madres deben asumir.

Sin duda se trata de unos puntos que se suman a las condiciones para que el parto en casa sea seguro y, en principio, no entrañe riesgos para madre y bebé.

Según la primera guía de asistencia al parto en casa, elaborada por el Colegio Oficial de Enfermería de Barcelona, hay determinados criterios de inclusión para el parto domiciliario.

Recordemos que el objetivo de este manual era unificar los criterios de actuación durante el parto y el postparto para mejorar la práctica asistencial de las matronas que se dediquen a la asistencia domiciliaria.

Para ellos, consensúa criterios de actuación de las matronas y establece unas recomendaciones específicas, basadas en la evidencia científica, para asistir a las mujeres que eligen esta opción.

Para atender la petición de acompañamiento de parto en casa es necesario que:

  • El plan de nacimiento se establezca antes de las 28 semanas de gestación. A partir de dicha fecha, será cada profesional el que valorará la conveniencia o no de atender a las embarazadas que lo decidan posteriormente.
  • Es recomendable que se hagan un mínimo de cuatro visitas clínicas antes de la asistencia al parto, una de ellas en el mismo domicilio de la gestante.
  • Las mujeres aportarán todos los controles ecográficos y analíticos y otras pruebas complementarias necesarias que se hayan realizado.
  • La gestación será nada más de un bebé y en presentación cefálica.
  • El parto se asistirá en el domicilio cuando suceda entre las 37 y las 42 semanas de gestación.
  • Es necesario que los criterios de normalidad se mantengan durante todo el proceso, es decir, que el embarazo sea de bajo riesgo. Cualquier desviación se valorará particularmente y se atenderá según convenga o se derivará en los casos necesarios.

Este punto es el que más dudas me suscita si me tuviera que plantear un parto en casa, recordando las dificultades de establecer lo que es un parto normal para la OMS y la imposibilidad de predecir la “normalidad” durante el embarazo y el parto, pues es una condición que, aunque no sea habitual, puede sufrir variaciones sin previo aviso.

  • La elección de parir en casa ha de ser una elección informada y libre de la mujer. Nunca se ha de convencer ni imponer. Es crucial que la responsabilidad de la mujer y de su pareja en la elección de parir en casa se establezca y se asuma desde el principio.
  • La gestante y su pareja, si la hubiera, complementarán la historia clínica. Este documento será confidencial y quedará archivado y custodiado por el profesional.
  • Es necesaria la firma del consentimiento informado.

Según el documento que he podido consultar de consentimiento informado para la asistencia al parto normal, la mujer y la pareja si la hay aceptan que se les aplique el Protocolo de asistencia al parto, puerperio y atención al recién nacido. También manifiestan que la matrona u obstreta les han informado sobre dichos protocolos y que han resuelto todas sus dudas. por último, en caso de que haya peligro, aceptan que los profesionales apliquen las medidas que estimen convenientes.

¿Qué sucede si hay complicaciones en un parto en casa?

Como acabamos de ver, en el consentimiento informado se delega la responsabilidad de actuación en los profesionales que atienden el parto ante situaciones de peligro para la madre o el bebé. En principio, las matronas están preparadas para atender la mayoría de complicaciones, pero puede hacerse necesario un traslado al hospital.

En los puntos anteriores, centrados en la mujer y su embarazo, no se establece la necesidad de la cercanía de un centro hospitalario. Pero en el apartado dedicado a la valoración del domicilio, sí señalan que debería haber durante el parto un acompañante que conozca el camino al hospital más cercano y su entrada a urgencias obstetricias, y que disponga de vehículo para realizar el traslado.

En el apartado titulado “Traslado y coordinación con los centros sanitarios”, el documento señala que en el caso hipotético de necesitar un traslado, primero se valorará el grado de urgencia, y el centro prioritario será el hospital de referencia más cercano, sin establecer distancias.

Si se sospechan complicaciones, señalan que el traslado al hospital siempre será mejor si el bebé aún no ha nacido. El traslado puede hacerse en vehículo particular si no es urgente, o en ambulancia, que se solicitará telefónicamente, si es urgente.

Sin duda este último caso es el que puede provocar más temor y dudas en las madres, porque es evidente que si no existen ambulancias cerca, porque o hay centros de salud ni hospitales cerca, el traslado se habrá de hacer igualmente en coche particular.

Aunque, supongo, estos casos son los menos en nuestro entorno, tanto por las posibilidades de complicaciones en el parto como por la lejanía a cualquier centro hospitalario.

En definitiva, estas son las condiciones para atender un parto en casa, que actúan como recomendaciones pero que no parecen estar dispuestas como normas y que deja algunos cabos sueltos.

Un paso que, a mi parecer, contribuiría a aumentar la seguridad en este tipo de partos y a seguir en el camino que en la actualidad ya han tomado en nuestro entorno de ser una buena alternativa al parto hospitalario y de presentar ciertas ventajas respecto a éste.

Ventajas vinculadas a un parto más cálido y humanizado que, por cierto, también luchamos por trasladar al parto hospitalario.

Vía | COIB
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